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¿Es obligatorio tener administrador de consorcio?
La figura del administrador de consorcio es clave en la propiedad horizontal, pero su obligatoriedad varía según la cantidad de unidades y la normativa de cada jurisdicción.
Es fundamental entender que la necesidad de contar con un administrador de consorcio depende de la cantidad de departamentos o unidades funcionales en el edificio. En muchos casos, las normativas locales estipulan que se debe designar un administrador cuando se supera cierto número de unidades. Esto es para asegurar una adecuada gestión y mantenimiento del espacio común.
Además, la legislación puede variar según la provincia o ciudad, por lo que siempre es recomendable consultar la normativa específica que rige en tu lugar de residencia. De esta manera, podrás asegurarte de cumplir con todas las obligaciones y derechos que corresponden a tu consorcio.
En conclusión, aunque no siempre es obligatorio tener un administrador de consorcio, su presencia puede facilitar la convivencia y el correcto funcionamiento del edificio.
Fuente: Ariel Goldfarb
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